Corte Suprema da victoria a ciertos inmigrantes: abogada

HOUSTON – En un momento de la historia de los Estados Unidos, en donde todo parece estar en contra de los inmigrantes, es comprensible que muchas personas hayan perdido sus razones para sentir optimismo.

Sin embargo, por más difícil que se hagan las cosas, siempre ocurre algo que nos devuelve las esperanzas y nos alienta a seguir luchando. Esta vez, la Corte Suprema de los Estados Unidos sopló un aliento de vida para continuar con nuestra marcha.

Se trata de que en días recientes, la Corte decidió un caso que podría cambiar la vida de cientos, si no de miles, de inmigrantes en nuestro país.

Específicamente, la decisión podría tener efecto sobre inmigrantes a los que le fue negada una oportunidad para aplicar u obtener un remedio legal contra la deportación por, supuestamente, no contar con presencia física suficiente en el país.

Este remedio se conoce como la cancelación de remoción para no residentes, pero muchos le llaman, incorrectamente, la ley de los 10 años. A continuación les explico de qué es lo que estoy hablando.

Aunque técnicamente no hay ninguna ley migratoria que dice que un inmigrante puede presentar una aplicación para arreglar sus papeles si lleva “x” cantidad de tiempo viviendo en los Estados Unidos, si existe un remedio que le permite cancelar su deportación si, entre otras cosas, lleva -al menos- 10 años viviendo en los Estados Unidos, de manera continua, antes de que comience el proceso de remoción en su contra.

La clave está en que para poder aplicar para este remedio, el inmigrante tiene que estar enfrentando la deportación, por lo que no sirve solamente que este acuda al Servicio de Inmigración a solicitar el mismo.

Como ya le mencioné, haber vivido aquí por al menos 10 años es uno –y sólo uno– de los requisitos para obtener este remedio y en el cual se centra la decisión de la Corte Suprema.

Y es que, solo hasta que la corte decidió este caso, el gobierno alegaba, y las cortes decidían, que una vez un inmigrante recibía la Notificación de Comparecencia o NTA, por sus siglas en inglés, la misma interrumpía la acumulación de tiempo dentro del país.

Sin embargo, en muchas ocasiones, esta NTA no contenía la fecha en la que él o la inmigrante debían de acudir a corte, y sin embargo, el juez migratorio de todas maneras decidía que la persona ya no acumulaba presencia para poder aplicar para la cancelación de remoción. No obstante, al evaluar esta situación la Corte Suprema encontró que una NTA que no indicaba la fecha en que la persona debía comparecer frente a la corte no podía detener la acumulación de presencia física.

Como siempre, la pregunta más importante es ¿qué significa todo esto? Sencillo.

Conforme a esta decisión del más alto tribunal del país, aquellos y aquellas inmigrantes a los que les fue negada la oportunidad de solicitar la cancelación de remoción, o cuyas peticiones fueron negadas por no contar con la presencia física necesaria -los diez años- ahora podrán presentar mociones para reabrir sus casos.

Sin embargo, es muy importante que se riegue la voz rápido y que aquellos que pudieran beneficiarse actúen rápido, ya que, de manera ordinaria, las personas cuentan con un periodo de 90 días para poder presentar su moción para reabrir sus casos.

¡No lo piense mucho y consulte con un abogado de inmigración de inmediato!

Naimeh Salem es abogada certificada en Texas que ejerce el área de inmigración en Houston. Sus opiniones no comprometen la posición de Telemundo-NBC.

Contáctanos